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"Periculum
in mora"
Por: Emil López, CNP 3.901
- ¡No!
- ¡Si! Te cuento: A la hora del Té, resultará
que los periodistas de la base gremial tendremos la culpa de que
no se realicen las elecciones en Colegio Nacional de Periodistas,
más y mejor conocido por sus siglas: CNP.
Recién, los pocos colegas que quedan ocupando los cargos
de las directivas Nacional y seccionales, cumplirán 10 años
de ejercicio continuado en sus funciones que comenzaron en 1998
tras juramentarse en la Convención realizada en San Cristóbal,
estado Táchira. En pocas palabras, tienen más años
que el presidente Hugo Chávez enquistados en el poder, conducta
que está acabando con la poca vida que le queda al CNP como
institución próxima a cumplir 32 años.
Espero no me confundan y me etiqueten de abogado del diantre a causa
del descargo que sigue, pero la factura de los 10 años sin
elecciones no podemos endilgársela sólo a los directivos
del Colegio, pues del lapso, casi cinco, responden al embargo que
sufren y sufrieron por igual SINDICATOS, "GREMIOS Y COLEGIOS
PROFESIONALES" al derecho universal del voto efectuado por
el entonces régimen en ciernes del presidente Chávez.
Fue el 07 de agosto de 2003 cunado este gobierno bi-constitucional,
porque lo arropan las constituciones del 61 y la del 99, dispuso
a través del Poder Electoral y su órgano ejecutor,
el Consejo Nacional Electoral (CNE) por vía de la Resolución
Nº 030807-387 dictó las "NORMAS PARA REGULAR LOS
PROCESOS ELECTORALES DE GREMIOS Y COLEGIOS PROFESIONALES",
reglas que a juicio de la colega, jurista y politóloga María
Elena Cabrera, quien además es presidenta Nacional del Tribunal
Disciplinario del CNP, es irrita.
De estos quebrantos sufridos por nuestro derecho a elegir y de presentarnos
a ser electos por y en el gremio, las responsabilidades están
compartidas y repartidas por actores conculcantes, si se me permite
el neologismo. Leamos:
1. Las elecciones no pueden realizarse en este
año (2003), pues la resolución salió después
del 27 de junio, y nosotros nos juramentamos el Día del Periodista.
¡Qué ya pasó! Serán, si Dios quiere,
el año entrante -sentenció un presidente que no era
el de la Comisión Electoral del CNP…
2. Llegó el 2004, pasó también
el 2005. En el 2006 la Comisión Electoral del CNP, que entró
en funciones también en 1998, se levantó como Lázaro
de su sepultura. Resultaron elegidas entonces todas, menos dos comisiones
electorales seccionales: Distrito Capital y Zulia, las de mayor
cantidad de afiliados. Entre ambas aglutinan a más del 50%
de los periodistas inscritos en el CNP. Pare de contar. Intervino
la primera Vicepresidenta de la Asamblea Nacional y la presidenta
del CNE. El proceso electoral se paralizó de nuevo.
3. El año pasado se buscó el concurso
del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a través de su Sala
Electoral y mientras se esperaba el fallo, que llegó el 10
de julio. Tampoco hubo elecciones en el 2007.
La decisión de la Sala para Caracas se puede leer textualmente:
"…esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia,
administrando justicia en nombre de la República Bolivariana
de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso
Contencioso Electoral intentado por los ciudadanos HUGO MANUEL DÍAZ
MILANO, LUIS ERNESTO ZAMBRANO y ALEDY MARÍA COLL, asistidos
por los abogados Andrés Eloy Arriojas Vásquez y Aixa
Sánchez Estéves, contra la Resolución signada
con el número 070131-011 dictada por el Consejo Nacional
Electoral en fecha 31 de Enero de 2007, publicada en la Gaceta Electoral
de la República Bolivariana de Venezuela número 358
de fecha 14 de Febrero de 2007".
Mientras, se esperó la sentencia del caso zuliano. Osan predecir
el resultado del arbitraje de la máxima instancia jurídica
del país. Asertó: "…el recurrente afirma
que en el presente caso existe el temor que se celebre la elección
de la Junta Directiva de la Seccional del estado Zulia del Colegio
Nacional de Periodistas, pero no indica un cronograma electoral
del cual esta Sala pueda constatar que el procedimiento del recurso
contencioso electoral previsto en la Ley Orgánica del Sufragio
y Participación Política exceda la fecha prevista
para la elección o que la sentencia que en definitiva se
dicte, sea ineficaz para la resolución de la controversia
y resulte inejecutable. En razón de lo anterior debe la Sala
señalar que no da por satisfecho en el presente caso el requisito
del periculum in mora".
Hoy el alegato es al decir de "sirios y troyanos" buscar
una autorización de nuevo en el CNE para que se realicen
las elecciones en el CNP y me cuentan que alguien dijo: No pondré
mi dinero para que éstas se realice.
Colegas, retomemos las banderas de la democracia y las libertadas
ciudadanas elevadas el 11 de marzo de 1941, efemérides que
marcó el nacimiento de nuestro gremio a través de
la legendaria y aguerrida Asociación Venezolana de Periodistas
(AVP).
¡Elecciones ya!
17-02-2008
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