Un punto de vista
RESCATAR SUTISS:
UNA IMPORTANTE TAREA DE LOS SIDORISTAS.

No acostumbro a discriminar. Eso queda para aquellos que en el país, y particularmente en el movimiento sindical, han adoptado esta aberrante práctica reñida con la esencia de cualquier movimiento sindical que se precie de tal. Tampoco irrespeto a ningún trabajador.

Seguramente por lo anterior, muchos trabajadores sidoristas se me acercan y me expresan su preocupación por la institución sindical, muchos me preguntan, ¿ Qué hacer ante la grave situación por la cual atraviesa Sutiss en los actuales momentos?.Y me describen algunos rasgos de esa situación: Me informan que Sutiss no funciona como institución colegiada, el comité ejecutivo no se reúne, así como tampoco las demás instancias sindicales. Desde hace tres o más años no rinden cuenta de su administración. Desde febrero incumplen la Resolución 3538 del Ministerio del Trabajo publicada en la Gaceta Oficial N° 38.121 del 03/02/05, particularmente en lo relativo a lo dispuesto en el literal b del artículo 430 de la Ley Orgánica del Trabajo, que les exige “remitir anualmente al Inspector del trabajo informe detallado de su administración y nómina completa de sus miembros, con las indicaciones señaladas en el artículo 424”, incumplimiento que le ha causado ya problemas a sus afiliados de la fábrica de tubos. Son muchas las quejas que tienen los trabajadores con relación al grupo que hoy dirige Sutiss; pero no quiero dedicar el artículo a eso, si alguien quiere entender con más profundidad que ha pasado con Sutiss, recomiendo el artículo del Profesor de Investigación social, Ladislao Lipski, publicado en el Diario de Guayana, en su edición del viernes 30 de abril de 2004, titulado Sutiss destruyó legado histórico de los “Matanceros”.

Al actual Comité Ejecutivo de Sutiss se le venció su periodo estatutario el 04 de agosto de 2005, y los trabajadores temen que el grupo que dirige éste sindicato, trate de prolongar su estadía al frente del mismo de manera anti estatiutaria, ilegal y antidemocrática. Los temores no son infundados, ya lo ha declarado Ramón Machuca

A los trabajadores que me han consultado y les he recordado que en la Ley Orgánica del Trabajo tienen recursos para hacer respetar la democracia y libertad sindical. El artículo 434 establece que un sindicato ejercerá sus funciones durante el tiempo que establezcan los estatutos del organismo. En cuanto a la administración, el Párrafo Segundo del artículo 442 establece que “ el diez por ciento por lo menos de los afiliados a la organización sindical, podrá acudir por ante la Contraloría General de la República para solicitar que se investiguen las cuentas de la administración respectiva”. Como Sutiss no está afiliado a ninguna Federación ni Confederación sus afiliados pueden acudir directamente a la Contraloría.

Les recordaba también que ese movimiento ha luchado siempre por la democracia y la libertad sindical, que no pueden apelar solamente a los recursos legales, pero que de ser necesario tienen la opción de solicitar la convocatoria de las elecciones sindicales por la vía judicial. Particularmente espero que algunos miembros sensatos del grupo que hoy dirige Sutiss, hagan innecesario el uso de este procedimiento, y eviten así, una raya más al otrora prestigioso sindicato de los siderúrgicos.

Tello Benítez °
°Ex-Secretario General de Sutiss. Abogado

04-09-05

 

Regresar a la página principal